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Terrorismo y Estado de Derecho / Comentario

Contra la universalización de la tortura

10/12/2005 Por Luis Peral

En este comentario, Luis Peral, señala que la prohibición de la tortura, que tiene carácter absoluto en el orden internacional, y es por tanto norma vigente en todos los Estados, no puede ser suspendida en ningún lugar y bajo ninguna circunstancia. Esta prohibición obedece a dos razones elementales.

Desde el punto de vista de su fundamento abstracto, la tortura está prohibida como garantía primaria del respeto a la dignidad humana. La dignidad humana es la esencia que compartimos como seres humanos, la irrenunciable condición que une a quienes pertenecemos a esta especie, aquello que indefectiblemente queda de nosotros cuando nos despojamos de cargos, honores y ornamentos.

La dignidad humana es lo que en el fondo nos hace iguales por encima de cualesquiera diferencias, y por eso basta que una sola persona sufra tortura en cualquier lugar del mundo para que la dignidad humana sea universalmente ultrajada.


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Palabras clave

Derechos humanos Terrorismo Guerra al terrorismo

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Bio autor: Luis Peral

Es Doctor en Derecho, Master en Derecho de la Unión Europea, Licenciado en Derecho y en Ciencias Políticas, con especialización en Relaciones Internacionales, por las Universidades Complutense y Carlos III de Madrid. Es también Diplomado en Derecho por la Universidad de Kent (Canterbury, Reino Unido). Ha colaborado con FRIDE como Investigador y actualmente es Director del programa de Prevención y Resolución de Conflictos del Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax). Asimismo, está adscrito al Centro de Estudios Políticos y Constitucionales del Ministerio de la Presidencia (España) en el marco del Programa de Investigación Ramón y Cajal.